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Normatividad de los Sectores de las Telecomunicaciones Y la radiofusión

Lineamientos para la Operación de Operadores Móviles Virtuales (OMVs)

El 8 de julio de 2015 el Pleno del IFT resolvió someter a consulta pública el Anteproyecto de Lineamientos para la comercialización de servicios móviles por parte de Operadores Móviles Virtuales, el periodo de la consulta pública fue del 10 al 17 de julio y del 3 al 20 de agosto de 2015. Las respuestas y comentarios a las participaciones recibidas por parte del público desencadenaron una serie de modificaciones que se están realizando con el fin de integrar el proyecto final de Lineamientos. Asimismo, se incorporaron modificaciones con referencia a algunas de las consideraciones emitidas por el Consejo Consultivo y se analizaron conceptos que por su relevancia fueron abordados por diversos actores en la consulta pública, tomando en cuenta las recomendaciones de dicho Consejo.

BENEFICIOS POTENCIALES

Se busca fomentar la competencia y libre concurrencia de los OMVs en el mercado al otorgar certidumbre en los temas relevantes para el desarrollo de sus estrategias comerciales y margen de acción para generar sus ofertas mayoristas, así como las figuras jurídicas bajo las cuales pueden constituirse. Se prevé que lo antes mencionado propicie el surgimiento de OMVs que compitan con los operadores de telefonía móvil tradicionales, dotando al mercado de una oferta diversa y diferenciada que cuente con una amplia gama de precios y disponibilidad de los mismos.

Lineamientos para la acreditación, designación y reconocimiento de Laboratorios de Prueba

Se sometió a consulta pública el Anteproyecto de Lineamientos para la acreditación, designación y reconocimiento de Laboratorios. El plazo inicial para el desarrollo de la consulta se estableció del 7 de septiembre al 19 de octubre, sin embargo dada la relevancia e importancia en el ámbito nacional e internacional de los temas considerados en el anteproyecto, el Pleno consideró oportuno y conveniente ampliar el plazo de dicha consulta para que finalice el 6 de noviembre de 20157.

Entre otros puntos, el Anteproyecto propone que los Laboratorios de Pruebas de tercera parte nacionales obtengan la autorización para realizar pruebas y la evaluación de la conformidad a la infraestructura y equipos de telecomunicaciones y radiodifusión en concordancia con el estándar ISO/IEC 17025:2005, “Requisitos generales para la competencia de los laboratorios de prueba y calibración”, normas, Disposiciones Técnicas o Reglamentos Técnicos en materia de infraestructura y equipos de telecomunicaciones y radiodifusión; que los laboratorios de pruebas nacionales sean designados por el Instituto para realizar pruebas de equipos con relación a Reglamentos Técnicos extranjeros, a fin de que estos laboratorios nacionales sean reconocidos por un gobierno extranjero, y sus reportes de pruebas sean aceptados por el mismo. También plantea que laboratorios de pruebas extranjeros sean reconocidos por el Instituto, a efectos de aceptar los reportes de pruebas elaborados por dichos laboratorios con respecto a disposiciones técnicas de nuestro país.

BENEFICIOS POTENCIALES

Fortalecer el proceso de homologación y evaluación de la conformidad de productos destinados a telecomunicaciones y radiodifusión; simplificar la evaluación de la conformidad para una amplia gama de equipos de telecomunicaciones y equipos afines entre México y los países que hayan suscrito un acuerdo o tratado internacional para efectos de reconocimiento mutuo de la evaluación de la conformidad, y de ese modo facilitar el comercio entre las Partes; dotar de certeza jurídica a los procesos de homologación, evaluación de la conformidad, autorización, designación y reconocimiento de laboratorios de prueba.

Disposición Técnica IFT-001-2015: Especificaciones y requerimientos para la instalación y operación de las estaciones de radiodifusión sonora en Amplitud Modulada (AM) en la banda de 535 kHz a 1705 kHz

El 1 de julio de 2015 el Pleno aprobó someter a consulta pública el Anteproyecto de la Disposición Técnica IFT-001-2015, dicha consulta recibió comentarios durante un periodo de 20 días hábiles comprendido del 3 al 17 de julio y del 3 al 13 de agosto de 2015.

La expedición de la Disposición Técnica IFT-001-2015: Especificaciones y requerimientos para la instalación y operación de las estaciones de radiodifusión sonora en amplitud modulada en la banda de 535 kHz a 1705 kHz se publicó en el DOF el 31 de agosto de 2015.

BENEFICIOS POTENCIALES

Establecerá las especificaciones y requerimientos de carácter técnico que deben cumplir las estaciones de radiodifusión sonora en AM que operen en la banda de frecuencias de 535 kHz a 1705 kHz, generará certidumbre jurídica para un adecuado funcionamiento del sector en su conjunto, estableciendo un marco técnico regulatorio que permita coadyuvar en el ejercicio de las actividades de elaboración de dictámenes técnicos de compatibilidad electromagnética, así como de supervisión y verificación que la legislación aplicable le encomienda al Instituto; incorporará la ampliación de la banda de frecuencias del espectro electromagnético de 1605 kHz a 1705 kHz para el servicio radiodifusión sonora en AM conforme a lo establecido en el CNAF vigente y en los instrumentos internacionales suscritos por el gobierno de México.

Disposición Técnica IFT-002-2014: Especificaciones y Requerimientos Mínimos para la Instalación y Operación de Estaciones de Radiodifusión en Frecuencia Modulada (FM)

La Disposición Técnica “IFT-002-2014” contaba con una vigencia hasta el 1 de septiembre de 2015; sin embargo se consideró la solicitud recibida de la Cámara Nacional de la Industria de la Radio y Televisión (CIRT) el 30 de junio de 2015, en la cual solicita ampliar la vigencia cuando menos por un trimestre adicional y como resultado, el 31 de agosto de 2015 se publicó en el DOF el Acuerdo por el que se modifica el diverso mediante el cual el pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones emite la “Disposición Técnica IFT-002-2014: Especificaciones y requerimientos mínimos para la instalación y operación de las estaciones de radiodifusión sonora en frecuencia modulada”, de manera que la Disposición Técnica IFT-002-2014 continua vigente hasta el 30 de noviembre de 20158.

BENEFICIOS POTENCIALES

Las modificaciones incluidas en el Anteproyecto tienen un impacto directo en la explotación del espectro radioeléctrico al permitir la entrada de un mayor número de estaciones dentro de una misma localidad, fomenta la competencia y libre concurrencia en los servicios de radiodifusión y promueve la digitalización de la radio en México.

Disposición Técnica IFT-003-2014: Especificaciones y Requerimientos Mínimos para la Instalación y Operación de las Estaciones de Radiodifusión de Televisión Analógica (Bandas VHF y UHF)

Para evitar afectar la calidad de las transmisiones con las que se presta el servicio público de radiodifusión de televisión analógica, con motivo del indebido funcionamiento técnico de estaciones durante el proceso de transición a la TDT, y continuar dando certidumbre jurídica a los concesionarios y permisionarios de televisión radiodifundida respecto de sus obligaciones en relación con los parámetros técnicos que pueden ser autorizados, así como aquellos que deben observar para la instalación y operación de sus estaciones previo a la transición a la TDT, el Pleno del Instituto aprobó el Acuerdo para la extensión de la vigencia de la Disposición Técnica IFT-003-2014: Especificaciones y Requerimientos Mínimos para la Instalación y Operación de las Estaciones de Radiodifusión de Televisión Analógica (Bandas VHF Y UHF) que fue publicado en el DOF el 1 de septiembre de 2015 y amplía la vigencia de la Disposición Técnica IFT-003-2014 hasta la terminación de las transmisiones analógicas conforme a las disposiciones aplicables.

BENEFICIOS POTENCIALES

Evitar la posible afectación o interferencias entre estaciones de radiodifusión de televisión analógica, así como a otros servicios de telecomunicaciones y/o a la navegación aérea, motivado por el indebido funcionamiento técnico de las mismas durante el proceso de transición a la TDT.

Disposición Técnica de Límites de Exposición Máxima para Seres Humanos a Radiaciones Electromagnéticas no Ionizantes en el Intervalo de 100 kHz a 300 GHz

Atendiendo la creciente preocupación de la población acerca de la proliferación de instalaciones y equipos generadores de campos electromagnéticos como consecuencia del acelerado desarrollo tecnológico en el ámbito de las TyR, el 8 de julio el Pleno acordó someter a consulta pública el Anteproyecto de Acuerdo Mediante el cual se Expide la Disposición Técnica IFT-007-2015: Medidas de Operación para el Cumplimiento de los Límites de Exposición Máxima para Seres Humanos a Radiaciones Electromagnéticas de Radiofrecuencia no Ionizantes en el Intervalo de 100 KHz a 300 GHz en el Entorno de Emisores de Radiocomunicaciones. La consulta pública finalizó el 20 de agosto de 2015 y se inició el procesamiento de los comentarios para fortalecer el anteproyecto que será sometido al Pleno para su aprobación en el último trimestre de 2015.

El anteproyecto establece límites de exposición máxima para seres humanos cercanos a emisores de campos electromagnéticos en el entorno de emisores de radiocomunicaciones; así como los métodos de prueba requeridos para evaluar su cumplimiento.

BENEFICIOS POTENCIALES

Asegurar que en las zonas de exposición de campos electromagnéticos en donde se encuentre presente el público en general, no excedan los niveles de exposición máxima establecidos en la Disposición Técnica (DT); asegurar que la exposición a los equipos terminales de radiocomunicaciones utilizados cerca de la cabeza de los seres humanos, no exceda los niveles de exposición máxima establecidos en la DT; brindar un marco de referencia con relación a las radiaciones no ionizantes emitidas por estaciones de radiocomunicaciones que presten servicios de telecomunicaciones y de radiodifusión; proveer un referente, tanto a los concesionarios como a las autoridades correspondientes, que pudiera facilitar los trámites para la instalación y despliegue de infraestructura de telecomunicaciones y radiodifusión.

Emisión de la Disposición Técnica que Reemplaza a la NOM-121-SCT1-2009.

El 3 de julio de 2015 el Pleno aprobó someter a consulta pública el Anteproyecto mediante el cual se expide la Disposición Técnica IFT-008-2015: Telecomunicaciones-Radiocomunicación-Sistemas de Radiocomunicación que emplean la técnica de Espectro Disperso-Equipos de Radiocomunicación por Salto de Frecuencia y por Modulación Digital a operar en las Bandas 902-928 MHz, 2400-2483.5 MHz Y 5725-5850 MHz-Especificaciones, Límites y Métodos de Prueba.

Cabe destacar que las modificaciones de los métodos de prueba establecidos en la Disposición Técnica IFT-008-2015, con respecto a los establecidos en la NOM-121, corresponden al esfuerzo de compatibilizarlos y armonizarlos con los métodos de pruebas de disposiciones equivalentes en los EUA y Canadá.

Al cierre de este informe se elabora el proyecto final para la expedición definitiva de la DT IFT-008-2015 con el fin de que se someta a Pleno durante último trimestre del 2015.

BENEFICIOS POTENCIALES

Dar certidumbre jurídica respecto de las especificaciones y límites, así como a los métodos de prueba y de los parámetros técnicos mínimos necesarios que debe cumplir todo aquel equipo de radiocomunicaciones por espectro disperso que opere en las bandas de frecuencias 902-928 MHz, 2400-2483.5 MHz Y 5725-5850 MHz; evitar la posible afectación que se generaría a la importación, circulación o tránsito de mercancías que se encuentran sujetas a la NOM-121 que pierde vigencia el 19 de octubre de 2015.

Disposición Técnica IFT-009-2015: Telecomunicaciones-Interfaz-Parte de usuario de servicios integrados del Sistema de Señalización Por Canal Común

Posterior a la consulta pública del anteproyecto, el 21 de septiembre de 2015 se publicó en el DOF el Acuerdo por el que el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones expide la Disposición Técnica IFT-009-2015.

Esta Disposición Técnica tiene como objetivo definir la parte de usuario de la red digital de servicios integrados (PU-RDSI), especificando los mensajes de señalización de la red RDSI, sus procedimientos de codificación y señalización y sus características a través de las centrales telefónicas de las redes de telecomunicaciones. Esta disposición aplica como interfaz de señalización entre redes públicas de telecomunicaciones nacionales. La PU-RDSI es también apropiada para su uso en redes telefónicas especializadas y redes de datos con conmutación de circuitos, así como en redes analógicas y mixtas analógicas/digitales. En especial, la PU-RDSI satisface los requisitos para el tráfico de datos con conmutación de circuitos y telefónico automático y semiautomático entre redes públicas de telecomunicaciones.

BENEFICIOS POTENCIALES

Permitirá que la interconexión de redes de México que utilizan el sistema de señalización número 79 siga operando de la misma manera como lo ha hecho desde la expedición de la NOM-112-SCT1-1999; optimizará el funcionamiento en redes de telecomunicaciones digitales junto con centrales con control por programa almacenado; permitirá satisfacer exigencias presentes y futuras de transferencia de información para el diálogo entre procesadores dentro de las redes de telecomunicaciones para el control de las llamadas, el control a distancia y la señalización de administración y mantenimiento, y ofrecerá un medio seguro de transferencia de información en la secuencia correcta y sin pérdidas ni duplicaciones.