Objetivo 1
Contenido
EVALUACIÓN BIANUAL DE LAS MEDIDAS IMPUESTAS AL AEP EN LOS SECTORES DE LAS TYR
El 6 de marzo de 2014, el Pleno del IFT determinó los agentes económicos preponderantes (AEP) en los sectores de las Telecomunicaciones y Radiodifusión (TyR), imponiéndoles medidas necesarias para evitar que se afecte la competencia y la libre concurrencia; al emitir estas resoluciones el Pleno estableció que cada dos años el IFT realizaría una evaluación del impacto de dichas medidas a efecto de, en su caso, suprimirlas o modificarlas, o bien establecer otras nuevas.
Con la finalidad de llevar a cabo esta evaluación, se aprobaron dos consultas públicas independientes por un periodo de 30 días hábiles, una para el sector Telecomunicaciones y otra para el sector Radiodifusión , ambas con el objetivo recabar información que permita al Instituto contar con un mayor número de insumos y elementos de análisis respecto a la efectividad de las medidas y las determinaciones sobre las posibles modificaciones, supresiones o adiciones.
A petición de la Cámara Nacional de la Industria Electrónica de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información (CANIETI), el plazo de la Consulta Pública se extendió en 20 días hábiles, llevándose a cabo del 7 de abril al 16 de junio de 2016.
SISTEMA ELECTRÓNICO DE GESTIÓN (SEG) FIJO Y MÓVIL
SEG Móvil
El 8 de abril de 2016 se llevó a cabo la novena sesión del SEG Móvil y el 27 de abril el Pleno del Instituto emitió la Resolución mediante la cual se implementará el manual del SEG para los servicios de telecomunicaciones móviles correspondiente a la Oferta de Referencia de Usuario Visitante, a través de la cual se formalizaron las condiciones aprobadas por unanimidad en el Comité del Sistema Electrónico de Gestión de los servicios de telecomunicaciones móviles.
SEG Fijo
Los días 22 de abril, 25 de mayo y 17 de junio de 2016 se llevaron a cabo la novena, décima y décima primera sesión del SEG Fijo, respectivamente.
Asimismo, el 8 de junio el Pleno del Instituto emitió la Resolución mediante la cual se formaliza y resuelve el apéndice B enlaces dedicados diseño funcional y técnico del SEG Fijo, a través del cual se formalizaron las condiciones aprobadas por unanimidad y se resolvieron aquellas en las que no se alcanzó unanimidad en el Comité del Sistema Electrónico de Gestión de los servicios de telecomunicaciones fijos.
ASIGNACIÓN DE CANALES VIRTUALES DE TELEVISIÓN RADIODIFUNDIDA
En el marco de la transición a la Televisión Digital Terrestre (TDT), un beneficio adicional, es que permite que un canal sea desplegado en los televisores con un número distinto al canal de transmisión con el que opera, a este número se le conoce como Canal Virtual, y su identificación puede definirse independientemente de su ubicación física. La asignación y el uso ordenado de los canales virtuales previenen interferencias de recepción y corrige problemas de identificación por el uso del mismo número en dos ámbitos geográficos.
En ese sentido, el Pleno del Instituto aprobó los Lineamientos Generales para la Asignación de Canales Virtuales de Televisión Radiodifundida que fueron publicados en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 27 de junio de 2016.
De acuerdo con los Lineamientos, se llevará a cabo la asignación de Canales Virtuales a todos los concesionarios y permisionarios de televisión radiodifundida en el país, quienes podrán empezar a utilizar el Canal Virtual asignado después del 20 de octubre de 2016 y deberán utilizarlo de manera permanente a más tardar el día 27 del mismo mes. Para ello, dos meses antes de comenzar a usar el canal asignado y un mes después, deberán informar a las audiencias sobre el cambio, a través de su programación y en sus horarios de mayor audiencia.
BENEFICIOS POTENCIALES DEL PROYECTO CONCLUIDO
Con esta asignación, los concesionarios obtendrán certeza jurídica sobre su identidad programática a nivel nacional, regional y local, generando un mayor beneficio para las audiencias, ya que se les brindará claridad para la ubicación y recepción de la programación de su elección.
LICITACIÓN IFT-3. 80 MHZ EN LA BANDA AWS
El pasado 25 de mayo el Pleno del IFT resolvió otorgar a AT&T Comunicaciones Digitales, S. de R.L. de C.V. (AT&T) y a Radiomóvil Dipsa, S.A. de C.V. (Telcel) los títulos de concesión correspondientes a la licitación pública IFT-3 para usar, aprovechar y explotar bandas de frecuencias del espectro radioeléctrico para uso comercial en la banda de frecuencias 1710-1780 MHz/2110-2180 MHz (Banda AWS) para el servicio de acceso inalámbrico móvil. Lo anterior, considerando que ambas empresas acreditaron ante el Instituto el cumplimiento del pago de las contraprestaciones que ofrecieron por la asignación del espectro en el tiempo establecido.
El 3 de junio se realizó la liberación de las garantías de seriedad para ambos concursantes mediante acta circunstanciada y con la publicación en el portal del IFT del informe del testigo social de fecha 21 de junio de 2016 se da por concluido el proceso de Licitación.
BENEFICIOS POTENCIALES DEL PROYECTO CONCLUIDO
Ampliar la disponibilidad espectral para servicios de Long-Term Evolution (LTE), de forma que los concesionarios ganadores de la Licitación cuenten con mayor capacidad para el despliegue de redes de tecnología móvil de cuarta generación (4G). Uno de los objetivos de la licitación fue que los operadores pudieran contar con espectro contiguo, lo que les permitirá tener redes 4G con una mayor velocidad de transmisión de datos, ya que se maximiza el rendimiento que ofrece esta tecnología al utilizar bloques de espectro contiguo. Esto permitirá ofrecer mejores servicios de telefonía móvil, a mejores precios y una mayor velocidad en la transmisión de datos en beneficio de los usuarios finales.
De igual manera, el proceso licitatorio traerá beneficios al Estado, ya que generará alrededor de $45 mil millones de pesos (tomando en cuenta contraprestación más derechos anuales) en ingresos, a lo largo de los próximos 15 años.
Entrevista a Alfonso Hernández con Víctor Piz sobre Lineamientos de servicios de telecom
LICITACIÓN IFT-4. FRECUENCIAS PARA RADIODIFUSIÓN SONORA
Con esta licitación pública se pretende concesionar por primera vez en el país mediante un proceso público y abierto, el uso, aprovechamiento y explotación comercial de 191 frecuencias dentro de la banda de 88 a 106 MHz (Frecuencia Modulada-FM) y de 66 frecuencias dentro de la banda de 535 a 1605 kHz (Amplitud Modulada-AM) para la prestación del servicio público de radiodifusión sonora, en atención al Programa Anual de Bandas de Frecuencias (PABF) 2015 y sus modificaciones. La mayor parte del proceso de esta Licitación se hará de manera electrónica vía Internet.
El 20 de junio de 2016 se publicó en el DOF la convocatoria a la licitación pública y en el portal de Internet del Instituto se publicaron las bases, apéndices y anexos. Posteriormente, el 27 de junio inició el procedimiento de manifestación de interés a través de la plataforma electrónica dispuesta para dicha licitación, mismo que concluirá el 29 de julio del presente año
Entrevista a Alejandro Navarrete en Milenio TV sobre licitación de radio AM y FM
LICITACIÓN IFT-6. CANALES DE TDT. BANDA DE FRECUENCIAS 174-216 MHZ (VHF) Y 470-608 MHZ (UHF)
A través de esta licitación pública se pretende concesionar el uso, aprovechamiento y explotación comercial de 148 canales de transmisión para prestar el servicio público de televisión radiodifundida digital en la banda de frecuencias 174-216 MHz (Banda de frecuencias muy altas o VHF) y en 470-608 MHz (Banda de frecuencias Ultra Altas o UHF).
Este proceso inició con la publicación del proyecto de bases, apéndices y anexos en el portal del Instituto, las cuales se sometieron a un proceso de Opinión Pública9 durante el periodo del 2 al 29 de junio de 2016 y del cual se recibieron 14 opiniones, 8 que corresponden a personas físicas y 6 a personas morales.
Con esto se procederá a elaborar las bases, apéndices y anexos finales para la licitación considerando las opiniones recibidas, así como a preparar las respuestas a los comentarios recibidos durante dicho proceso.
Entrevista a Alejandro Navarrete en El Financiero TV sobre prebases de licitación de TV
VALUACIÓN DE BANDAS DE TELECOMUNICACIONES MÓVILES INTERNACIONALES (IMT) EN MÉXICO
Se realizó un análisis con el objeto de estimar el valor de estas bandas de frecuencias del espectro radioeléctrico (850 MHz, PCS, AWS y 2.5 GHz), lo que permitirá contar con un valor de referencia para, entre otros fines, calcular las contraprestaciones en favor del Estado por su uso, aprovechamiento o explotación.
BENEFICIOS POTENCIALES DEL PROYECTO CONCLUIDO
Contar con un valor estimado de las bandas de frecuencias IMT basado en sus características, referencias nacionales e internacionales de mercado, que promueva su asignación eficiente, poniendo a disposición de los interesados dicha información para su análisis y toma de decisiones con mayores rangos de certidumbre.
De igual forma, este análisis puede coadyuvar a la revisión de los pagos de derechos diferenciados para las bandas IMT en cuestión. Dicho esquema de pagos de derechos debe ser revisado en conjunto con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).
ANÁLISIS DE LA BANDA 60GHZ PARA SU POSIBLE CLASIFICACIÓN COMO ESPECTRO LIBRE
Las bandas de frecuencias clasificadas como espectro libre son fundamentales para la operación de dispositivos inalámbricos utilizados por el público en general, sin la necesidad de una concesión para el uso del espectro. Durante el segundo trimestre del año comenzó el análisis de la banda de 60 GHz para su posible clasificación como espectro libre.
Como resultado del análisis de ocupación, no hay registros en el uso del segmento 57-64 GHz, ni títulos de concesión sobre el segmento, lo cual da cabida a considerar las manifestaciones de interés por parte de la industria para que dicho segmento sea clasificado bajo esta categoría. Asimismo, se comenzó el análisis del entorno internacional con el objeto de que esta banda de frecuencias cuente con un uso armonizado a nivel mundial.
Se continuará con el análisis de las economías de escala y los parámetros técnicos y operativos de los diferentes dispositivos que existen actualmente, para que en caso de que dicha banda sea clasificada como espectro libre, se puedan definir los parámetros de operación a los que se deberán sujetar los interesados al hacer uso de la misma.
LINEAMIENTOS PARA FIJAR LOS CRITERIOS QUE PERMITAN A ESTACIONES DE RADIO MIGRAR DE AM A FM
Conforme a lo establecido en la Disposición Técnica IFT-002-2016 aprobada por el Pleno del Instituto, que redujo la separación mínima necesaria entre frecuencias portadoras principales de 800 kHz a 400 kHz para estaciones pertenecientes a una misma localidad en la banda de FM, se identificaron 67 frecuencias adicionales en las localidades de Guanajuato, Jalisco, Estado de México, Puebla, Baja California, Chihuahua, Nuevo León, Sonora, Tamaulipas y en la Ciudad de México, de las cuales el Instituto está reservando 21 frecuencias para estaciones de radio comunitarias e indígenas.
Por lo anterior, el Pleno consideró viable permitir a aquellos concesionarios que operan en la banda de radiodifusión sonora de AM de dichas localidades y que así lo manifiesten, solicitar su cambio de banda a FM con la finalidad de fortalecer e impulsar el desarrollo del sector de la radiodifusión, al promover un mejor aprovechamiento del espectro radioeléctrico, en un entorno equitativo y de sana competencia.
Dado que es fundamental establecer criterios objetivos, equitativos y transparentes que permitan migrar a la banda de FM a la mayor cantidad posible de las estaciones radiodifusoras de AM, el Pleno resolvió someter a consulta pública el Anteproyecto de Lineamientos mediante los cuales se establecen los criterios para el cambio de frecuencia de estaciones de radio que operan en la banda de amplitud modulada (AM) a la banda de frecuencia modulada (FM). La consulta estará vigente durante 30 días, del 20 de junio al 12 de agosto de 2016. Lo anterior debido a que posteriormente el Pleno aprobó una ampliación de la consulta pública el día 6 de julio de 2016.
MODELO DE COSTOS DE LA RED DE ACCESO FIJA PARA SERVICIOS DE ACCESO Y COMPARTICIÓN DE INFRAESTRUCTURA PASIVA
El 8 de junio el Pleno aprobó el modelo de costos para diversos servicios de acceso y uso compartido de infraestructura pasiva que proporciona el AEP a otros concesionarios, como por ejemplo pozos, ductos y postes, el cual permitirá al IFT determinar, en caso de algún desacuerdo, las tarifas de los servicios correspondientes.
La metodología de costos incrementales promedio de largo plazo, utilizada para el diseño del modelo evita que los costos derivados de posibles ineficiencias en el diseño de la red del AEP se trasladen a otros concesionarios, pero al mismo tiempo asegura que las tarifas permitan al AEP recuperar los costos incurridos por la prestación de los servicios. Asimismo, asume que toda la infraestructura pasiva de red es desplegada en el año corriente y, únicamente, tiene en cuenta la demanda para ese año, por lo que los precios estimados por el modelo son válidos solamente para el año seleccionado, quedando vigentes sólo durante 2016.
En el portal de Internet del IFT se encuentra una versión “anonimizada” del modelo de costos , con el objetivo de salvaguardar cierta información reservada o confidencial que contiene.