Descripción
El agente económico preponderante (AEP) en el sector de las telecomunicaciones está sujeto, entre otras, a la obligación de contar con presencia física en los puntos de intercambio de tráfico de Internet (IXPs) en el territorio nacional; así como celebrar los convenios que permitan a los proveedores de servicios de Internet el intercambio interno de tráfico de manera más eficiente y menos costosa en los términos que disponga el Instituto. En este sentido, los lineamientos tienen por objeto fijar los términos bajo los cuales el AEP debe interconectarse con los IXPs desde el punto de vista técnico; establecer las condiciones bajo las cuales debe celebrar los convenios; y las condiciones operativas, de capacidad y de calidad para que se intercambie tráfico de manera eficiente y menos costosa.