Esta DT establecerá las especificaciones y los métodos de prueba que deben cumplir los equipos de radiocomunicación de microondas a utilizar para sistemas del servicio fijo multicanal punto a punto y punto multipunto que operan en las bandas de 7, 10.5, 15, 23 y 38 GHz.
Esta disposición dará continuidad a los efectos regulatorios que derivan de la NOM-088/2-SCT1-2002, Telecomunicaciones-Radiocomunicación-Equipos de microondas para sistemas del servicio fijo multicanal punto a punto y punto a multipunto-Parte ll: Transporte. Dicha NOM perderá su vigencia el 19 de agosto de 2018.